La propuesta plantea modificar de manera quirúrgica algunos artículos de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), con el objetivo de poner fin al fraude masivo que se está produciendo para esquivar la regulación: el límite de precios se aplicará también a los contratos de temporada y de habitaciones.
Con esta reforma, los contratos de alquiler temporal contarán con las mismas garantías que un contrato habitual, como por ejemplo, la prohibición de cobrar honorarios, los límites de fianza o la regulación de los alquileres. Solo se podrán hacer alquileres temporales de 12 meses como máximo si se justifica la causa. Si esta no está justificada o si se encadenan contratos temporales con las mismas inquilinas, el contrato pasará a ser automáticamente de 5 o 7 años.
En cuanto a los alquileres de habitaciones, pasan a tener el precio regulado (la suma de la renta de las habitaciones no podrá superar el tope establecido para las viviendas) y las inquilinas quedan protegidas con las mismas garantías que si tuvieran un alquiler habitual de todo un piso.
Menos gastos para las inquilinas: se prohíbe definitivamente el cobro del IBI
Esta proposición también cierra otras grietas de la Ley de Vivienda que los rentistas utilizaban para seguir subiendo precios:
- Se prohíbe el cobro del IBI y de los seguros de impago a las inquilinas.
- Cuando la finca sea de un único propietario, también se prohíbe el cobro de los gastos de comunidad a la inquilina.
- Se prohíbe el cobro de gastos inmobiliarios como las visitas, el cambio de suministros o el asesoramiento, para evitar el fraude en el cobro de honorarios.
- Se permite a la inquilina hacer reparaciones y descontar su coste de la renta en los casos en que el propietario no haya cumplido con su obligación.
- Se facilita la devolución de la fianza.
- Se prohiben las indemnizaciones al arrendor por rescindir el contrato